En
Guatemala hay 5 minas que producen sistemáticas y
generalizadas violaciones a los derechos humanos contra las
comunidades, poniéndolas en situación de gravedad y urgencia de
riesgos ante los daños significativos ambientales irreparables
contra su vida e integridad personal.
Las
Comunidades tienen demandado al Estado de Guatemala y las empresas
mineras nacional e internacionalmente, resultando en la suspensión de las 5 minas. Los avances en el reclamo de los derechos
de las Comunidades afectadas demuestran que la minería metálica en
Guatemala no tiene futuro.
1)
La Mina Marlin:
El gobierno de Guatemala, autorizó la licencia de
explotación “Marlin I” para explotar la fuerza de trabajo y 20
km² del territorio comunitario entre los municipios de San Miguel
Ixtahuacán y Sipacapa, departamento de San Marcos, para la
extracción y
comercialización
deoro, plata, zinc, plomo, hierro, cobre y mercurio, autorizada el 29
de noviembre de 2003 a la empresa Montana Exploradora de Guatemala,
S.A., subsidiaria de la empresa canadiense Newmont-Goldcorp.
Montana
Exploradora con sus contratistas y trabajadores, ha denunciado a las
Comunidades y Plurijur, así como las Comunidades y Plurijur han
denunciado a Montana Exploradora y funcionarios públicos.
En
el año 2007, las Comunidades y
Plurijur
presentaron una denuncia contra el Estado de Guatemala en la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quien otorgó Medidas
Cautelares (MC-260-07) a favor de 18 Comunidades de los dos
municipios, encontrándose el Caso (12.943) en la etapa de fondo a
favor de todas las Comunidades de los dos municipios.
Montana
Exploradora, comenzó a explotar en octubre de 2005 y suspendió operaciones en
mayo de 2017, en total fueron 11 años y 8 meses, a pesar que la
licencia fue autorizada para 25 años.
2)
La Puya:
El gobierno de Guatemala, autorizó la licencia de
explotación “Progreso VII Derivada” para explotar la mano de
obra y 20 km² del territorio comunitario entre los municipios San
José del Golfo y San Pedro Ayampuc, departamento de Guatemala, para
la
extracción y
comercialización
de
oro y plata, autorizada el 23 de noviembre de 2011 a la empresa
Exploraciones Mineras de Guatemala, S.A. (Exmingua), subsidiaria de
la empresa minera norteamericana Kappes Cassiday
y Asociados.
La
licencia de construcción municipal y la licencia de explotación
están suspendidas.
La licencia de construcción municipal, fue suspendida por la
sentencia
de amparo de 13 de julio de 2015 emitida por el Juzgado Tercero de
Primera Instancia Civil de Guatemala, ordenando
al Concejo
municipal de San Pedro Ayampuc detener la construcción del proyecto
minero a favor de las comunidades El Guapinol y El Carrizal.
Sentencia confirmada en apelación de amparo de 6 de febrero de 2017
por la Corte de Constitucionalidad (CC). La
licencia de explotación está
suspendida
por
otra sentencia de amparo de 28 de junio de 2016 de la Corte Suprema
de Justicia (CSJ).
Por
la suspensión judicial de la mina, la empresa minera estadounidense
Kappes Cassiday y Asociados demandó al Estado de Guatemala en el
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a las
Inversiones (CIADI) por 300 millones de dólares. La demanda fue
aceptada por el CIADI porque el Estado de Guatemala aprobó el
Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana
y Estados Unidos (CAFTA).
3)
La Mina San Rafael:
El gobierno de Guatemala, autorizó la licencia
de explotación “Escobal” para explotar mano de obra y 19.9925
km² del territorio comunitario en el municipio San Rafael las
Flores, departamento de Santa Rosa, para la
extracción y
comercialización
de oro,
plata, níquel, cobalto, cromo, cobre, plomo, zinc, antimonio y
tierras raras, autorizada el 4 de abril de 2013.
Se
autorizó también la
licencia de exploración “Juan Bosco” para localizar y evaluar
yacimientos de oro, plata, níquel, cobalto, cromo, cobre, plomo,
zinc, antimonio y tierras raras en 59.9166 km2
del territorio comunitario de los municipios de Mataquescuintla y
Casillas del departamento de Jalapa y el municipio de San Rafael las
Flores del departamento de Santa Rosa, autorizada el 12 de mayo de
2012. Ambas están
otorgadas
a la empresa Minera San Rafael, S.A., subsidiaria de la empresa
minera Pan American Silver.
Han
habido varias denuncias por este caso entre la empresa minera y las
Comunidades. Las
dos licencias están suspendidas por una sentencia en apelación de
amparo de la CC de 3 de septiembre de 2018 contra la sentencia del 8
de septiembre de 2017 de la CSJ.
El
30 de julio 2019, la empresa minera Pan American Silver, informó que
cuatro miembros de San Rafael las Flores denunciaron en Canadá a
dicha empresa por heridas sufridas durante el ataque armado contra
manifestantes en el año 2013, logrando una resolución de su
demanda, reconociendo que la empresa minera violó derechos humanos
de los manifestantes pidiendo perdón a las víctimas y a la
Comunidad. El Parlamento Xinca, publicó su satisfacción por la
resolución porque abre la posibilidad que empresas canadienses
violadoras de derechos humanos en otros paises sean procesadas en
Canadá. Denunciaron
que dicha empresa minera continúa con su política violatoria de
derechos humanos violando
la sentencia de la CC.
4)
La Mina CGN:
El gobierno de Guatemala, autorizó la licencia de
explotación “Extracción Minera Fénix“ para explotar la mano de
obra y 247.9978 km² de territorios comunitarios entre los municipios
de Cahabón, Senahú y Panzós del
departamento de Alta Verapaz
y El Estor, departamento de Izabal, para la
extracción y
comercialización
de
níquel, cobalto, hierro, cromo y magnesio, autorizada el 18 de abril
de 2006 a la empresa Compañía General de Minería, S.A. (CGN),
subsidiaria de la empresa rusa
Solway Investment Group.
Las
Comunidades han presentado una serie de denuncias contra la empresa
minera. La
licencia está
suspendida
desde
el
18 de julio de 2019 por un amparo provisional de la CC en apelación
de amparo contra la CSJ. Las
Comunidades con acompañamiento de organizaciones
nacionales e internacionales están
denunciando
que existen graves amenazas e intimidaciones en contra de quienes
demandaron a la CGN.
En
el año 2009, la CC ordenó al gobierno de Guatemala la
entrega del título de propiedad a la Comunidad Lote 9 Agua Caliente,
El Estor, Izabal, a través del cual la Comunidad podría probar la
usurpación de la empresa CGN; sentencia cuyo cumplimiento continúa
en la impunidad.
El
12 de junio de 2019, el tribunal de sentencia de Puerto Barrios,
Izabal, condenó a la CGN y al biólogo Lemuel Alfredo Valle
Alvizurez al pago de 51.8 millones de quetzales por el homicidio de
tres estudiantes de biología de la Universidad del Valle de
Guatemala.
Además,
dos
demandas se
han presentado
en
Canadá contra las empresas propietarias de la mina HudBay Minerals
Inc. y HMI Nickel Inc., y dos
en Guatemala. En Canadá, una por el
ataque armado que resultó en el
asesinato del profesor Adolfo Ich Chamán, y
la invalidez de Germán Chub Choc, y la
otra, por
la violación sexual de mujeres q’eqchi’ de la
aldea Lote 8 de El
Estor, Izabal, las cuales continúan en trámite.
5)
La Mina Cerro Blanco:
El gobierno de Guatemala, autorizó la licencia
de explotación “Proyecto Minero Cerro Blanco” para explotar la
mano de obra y 15.25 km² del territorio comunitario en el municipio
de Asunción Mita, departamento de Jutiapa, para la
extracción
y comercialización
de
oro y plata, autorizada el 22 de septiembre de 2007, propiedad de la
empresa minera Entre Mares, S.A., subsidiaria de Goldcorp que vendió
la mina a la empresa Bluestone
Resources
en 2017.
No
sabemos si Entre Mares, S.A. continúa siendo la propietaria nacional
de la mina, aunque así aparece en el catastro minero del Ministerio
de Energía y Minas (MEM), quien
suspendió el inicio de las operaciones mineras a favor de la
empresa, mientras
continúa realizando pruebas manteniendo la conflictividad
comunitaria. Esa
licencia provocó un conflicto transnacional entre Guatemala, El
Salvador y Honduras el cual perdura hasta hoy.
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