La sociedad quiere continuar gozando de
los mecanismos logrados y seguir avanzando en la construcción de la
democracia que le permita gozar plenamente de sus garantías y derechos
constitucionales; situación que se pone en riesgo al utilizar
procedimientos ya superados , para derrotar los disensos, bajo el
supuesto de aplicar la ley en situaciones que despiertan suspicacias en
la población.
Recordando el preámbulo de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas:
Reconociendo la urgente necesidad de
respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas,
que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus
culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su
filosofía, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y
recursos,…
Ante los hechos ocurridos el día de ayer
jueves 4 de octubre del 2012, durante la manifestación de las
comunidades de Totonicapán, la Oficina del Experto Independiente del
Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas, Álvaro
Pop y la experta independiente Mirna Cuningham manifiestan:
1)Solicitan al Estado
guatemalteco el respeto y cumplimiento de los artículos 31, 36 y 42 de
la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU.
2)Exigen a las
autoridades de Gobierno que escuchen con respeto las posturas y
propuestas de las diversas expresiones de sociedad civil, especialmente
las del pueblo K’iche’ de Totonicapan.
3)Exigen al Organismo
Ejecutivo, Ministerio Público e instituciones correspondientes realizar
una investigación exhaustiva e imparcial que esclarezca las
circunstancias en las que fallecieron las siguientes personas: Santos
Hernández Menchú; José Eusebio Puac Baquiax, Jesús Baltazar Caxaj Puac,
Arturo Félix Sapón Yax, Jesús Francisco Puac Ordóñez, Rafael Nicolás
Batz, Domingo Pascual Solís y más de 30 personas heridas.
4)Expresan su
solidaridad con el pueblo de Totonicapán, especialmente con las
comunidades, las familias de los fallecidos, y las autoridades de los 48
Cantones y con sus planteamientos.
5)Que las demandas que
requiere la población deben definir mecanismos legales enmarcados en el
pleno respeto de los derechos humanos que contribuyan a seguir una
secuencia que coadyuve a una mejor convivencia social. Por lo que
recomienda la consideración plena de los puntos 7, 12, 13, 29, 33, 34,
35 y 123 especialmente, de las resoluciones del Foro Permanente de
Asuntos Indígenas de la Organización de Naciones Unidas, aprobadas por
su Consejo Económico y Social ECOSOC en junio 2012 (E/2012/43
E/C.19/2012/13).
Mirna Cuningham Álvaro Pop
Expertos Independientes
Foro Permanente de Cuestiones Indígenas
ONU
Guatemala, 5 de octubre de 2012.
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